
Seguro de Caución
Seguro de Caución
A TODAS LAS EMPRESAS AMPARADAS BAJO EL DECRETO 29-89:
Se hace de su conocimiento que de acuerdo al Decreto Número 25-2010, a partir del 1 de enero de 2011, la denominación de fianza deberá ser “seguro de caución”, por lo que se solicita que el mismo debe tomarse en cuenta de acuerdo a las autorizaciones (Resoluciones) en que la fianza se denomine como tal, se rechazará todo aquello que no tenga el cambio de denominación; exceptuando los casos que ya han sido recibidos hasta la fecha o que la resolución o autorización no lo haya indicado.
Agradecemos tomar esto en consideración para evitar problemas o atrasos en sus operaciones.
Atentamente
La Dirección OPA
opa@agexport.org.gt
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