Proceso de Pago de Multas derivadas de la aplicación del Decreto 14-2013.

Proceso de Pago de Multas derivadas de la aplicación del Decreto 14-2013.

Published On: 2 de diciembre de 2013

Exportadores, se les comparte información importante proporcionada por  la Intendencia de Aduanas acerca del pago de multas.

Boletín Electrónico Aduanero

LA INTENDENCIA DE ADUANAS INFORMA A LOS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, IMPORTADORES Y PÚBLICO EN GENERAL:

  • Que el pago de multas derivadas de la aplicación del Decreto 14-2013 “Ley Nacional de Aduanas, se realizará en el formulario 0811 disponible en papel a través de los bancos del sistema, para lo cual deben acudir con el técnico de recaudación de la aduana o a una agencia tributaria para que le realicen el cálculo de la multa y otros recargos cuando estos procedan, le emitan el formulario y posteriormente realizar el pago. El pago no se puede realizar un día distinto al del cálculo.
  • Cuando el pago sea voluntario debe incluir en una hoja simple con su firma, los motivos de las infracciones, citando el artículo y literal correspondiente que aplique, y entregarla al personal que realizará el cálculo.
  • Considerar que en caso de multas por reexportaciones de importaciones temporales después del periodo de 10 días de vencido el plazo, debe transmitir la declaración de mercancías y pagar los tributos correspondientes.
  • Cuando se requiera realizar un pago después del horario de los bancos, lo podrá hacer con en el formulario 8008, llenando la casilla multas y recargos por infracciones, para lo cual deberá hacer la conversión a quetzales con el tipo de cambio del día y realizar el cálculo de los descuentos que le apliquen de acuerdo al Código Tributario y elaborar una hoja simple con su firma donde indique los motivos que esta cancelando. Se deberá presentar a la aduana el mismo día que realizó el pago en dicho formulario.

 
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