Proceso de Pago de Multas derivadas de la aplicación del Decreto 14-2013.
Proceso de Pago de Multas derivadas de la aplicación del Decreto 14-2013.
Exportadores, se les comparte información importante proporcionada por la Intendencia de Aduanas acerca del pago de multas.
Boletín Electrónico Aduanero
LA INTENDENCIA DE ADUANAS INFORMA A LOS AUXILIARES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, IMPORTADORES Y PÚBLICO EN GENERAL:
- Que el pago de multas derivadas de la aplicación del Decreto 14-2013 “Ley Nacional de Aduanas, se realizará en el formulario 0811 disponible en papel a través de los bancos del sistema, para lo cual deben acudir con el técnico de recaudación de la aduana o a una agencia tributaria para que le realicen el cálculo de la multa y otros recargos cuando estos procedan, le emitan el formulario y posteriormente realizar el pago. El pago no se puede realizar un día distinto al del cálculo.
- Cuando el pago sea voluntario debe incluir en una hoja simple con su firma, los motivos de las infracciones, citando el artículo y literal correspondiente que aplique, y entregarla al personal que realizará el cálculo.
- Considerar que en caso de multas por reexportaciones de importaciones temporales después del periodo de 10 días de vencido el plazo, debe transmitir la declaración de mercancías y pagar los tributos correspondientes.
- Cuando se requiera realizar un pago después del horario de los bancos, lo podrá hacer con en el formulario 8008, llenando la casilla multas y recargos por infracciones, para lo cual deberá hacer la conversión a quetzales con el tipo de cambio del día y realizar el cálculo de los descuentos que le apliquen de acuerdo al Código Tributario y elaborar una hoja simple con su firma donde indique los motivos que esta cancelando. Se deberá presentar a la aduana el mismo día que realizó el pago en dicho formulario.
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Información Portal SAT:
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(Call Center de la SAT):
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Otras Consultas:
Unidad de Franquicias y Asuntos Aduanales
Teléfono (502) 23291100
Extensiones 2972, 2974 y 2976
Fax extensiones 2973, 2975
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