Normativa de Registro e Identificación

Normativa de Registro e Identificación

Published On: 18 de marzo de 2016

Entrada en vigencia de normativa establecida por la Intendencia de Aduanas de la SAT a partir del 28 de marzo de 2016
Estimado Asociado:
Por este medio se les hace un atento recordatorio que a partir del 28 de marzo de 2016 la Superintendencia de Administración Tributaria – SAT-, estará revisando que todos los asistentes de los Agentes Aduaneros (gestores y tramitadores) cumplan con el requisito establecido en la legislación nacional y centroamericana de contar con su debido registro e identificación para presenciar el reconocimiento físico de las mercancías en las áreas asignadas para ello, como rampas y andenes de revisión.
Por lo anterior, recomendamos a todas las empresas exportadoras confirmar que los auxiliares de la función pública aduanera que les prestan servicios (agentes, tramitadores y gestores) cuenten con los documentos de identificación debidamente registrados de acuerdo a lo establecido en la ley. Esto a efecto que el lunes 28 de marzo no se presente ningún inconveniente con la gestión y manejo de su carga.

Atentamente,

Ventanilla Única Para Las Exportaciones

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