
Seguro de Caución
Seguro de Caución
A TODAS LAS EMPRESAS AMPARADAS BAJO EL DECRETO 29-89:
Se hace de su conocimiento que de acuerdo al Decreto Número 25-2010, a partir del 1 de enero de 2011, la denominación de fianza deberá ser “seguro de caución”, por lo que se solicita que el mismo debe tomarse en cuenta de acuerdo a las autorizaciones (Resoluciones) en que la fianza se denomine como tal, se rechazará todo aquello que no tenga el cambio de denominación; exceptuando los casos que ya han sido recibidos hasta la fecha o que la resolución o autorización no lo haya indicado.
Agradecemos tomar esto en consideración para evitar problemas o atrasos en sus operaciones.
Atentamente
La Dirección OPA
opa@agexport.org.gt
Recomendado para ti
Exportadores, se les informa que el sistema electrónico de SAT se encuentra restablecido, por lo que puede obtener autorización en sus documentos de exportación [...]
Buena noche estimado Exportador, le informamos que nos encontramos trabajando en conjunto con SAT para la verificación de un inconveniente relacionado a la aprobación de [...]
Exportadores, se les informa que el sistema electrónico de –SAT- fue restablecido, por lo que puede obtener autorización en sus documentos de exportación DUCA [...]
Estimado exportador, recomienda realizar el proceso de eliminación de archivos temporales de su navegador de forma periódica, para una mejor gestión en la herramienta [...]