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Preguntas frecuentes

¿Cómo anular un DUCA F / DEPREX?2025-09-10T15:49:16-06:00

El primer paso para anular un DUCA F o DEPREX es ingresar a la plataforma SEADEX WEB en la opción de “Anulación de Documentos”.

La anulación de DUCA F o DEPREX puede realizarla las 24 horas los 7 días de la semana, esta anulación deja útil los requisitos que estaban asociados al documento.

NOTA: Esta anulación es válida para eliminación de documentos dentro del sistema electrónico de la Ventanilla Única Para Las Exportaciones, no así en el registro de otras entidades.

  • El segundo paso es anular el DUCA F o DUCA D ante SAT, por medio de un escrito mediante el cual solicite la anulación/cambio de estado de este documento, adjuntando documentos de soporte para la solicitud y la constancia de anulación del documento emitido por VUPE, este se emite al momento de ya poseer el documento anulado en la plataforma SEADEX WEB, en la pestaña Constancia/VUPE; toda esta documentación la ingresa en la 7 avenida y 4 calle zona 9 Torre SAT 1 nivel en la ventanilla de asuntos aduanales.
  • El último paso es notificarle a su cliente que el documento se encuentra anulado para que proceda realizar el proceso de notificación a la entidad correspondiente en su país.
¿Cómo generar una DUCA F?2022-05-18T15:08:44-06:00

Para emitir una DUA debe de ingresar en la plataforma SEADEX WEB, en la opción de Documentos de Exportacion/Ingreso de Solicitud, seleccionar la DEPREX previamente emitida y APROBADA, dar clic en la opción “Generar DUA”.

La guía de cómo emitir una DUA a través de SEADEX WEB la encuentra en nuestra página, en la sección de AYUDA AL EXPORTADOR / GUIAS o VIDEO GUIAS VUPE.

¿Qué DUA debe de emitir si la exportación es Terrestre, Marítima o Aérea?2022-05-13T17:13:27-06:00

Dependiendo del medio de transporte y tipo de exportación se puede utilizar cualquiera de las siguientes DUAS:

Marítimo/ Aereo:

  • DUA Simplificada/Clase 11: para exportaciones vía marítima o aérea, se emite previa a la exportación y posteriormente debe de liquidar la exportación con una DUA complementaria.
  • DUA Complementaria/Clase 37: Para exportaciones vía marítima o aérea, se emite luego de que el producto se haya exportado y sirve para liquidar la exportación ante la SAT.

Terrestre:

  • DUA Normal/Clase 10: Para exportaciones vía terrestre, existen dos tipos: exportaciones definitivas o amparadas bajo el Decreto 29-89.

Para rectificar una DUA:

  • DUA Rectificatoria/Clase 36: Se usa para rectificar los datos consignados en una DUA Normal/Clase 10 o para rectificar una DUA Complementaria/Clase 37.

A granel bajo el Decreto 29-89:

  • DUA Provisional/Clase 54: Para exportaciones a granel amparadas bajo el Decreto 29-89.
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